• Promover de oficio, o a petición
de parte, la acción en defensa de la
legalidad y los intereses públicos tutelados
por el Derecho.
• Velar por la independencia de los órganos
jurisdiccionales y por la recta administración
de Justicia.
• Representar a la sociedad en los procesos
judiciales.
• Conducir, desde su inicio, la investigación
del delito.
• Ejercitar la acción penal de
oficio o a petición de parte.
• Emitir dictamen previo a las resoluciones
judiciales, en los casos que la Ley contempla.
• Ejercer iniciativa en la formulación
de las leyes y dar cuenta al Congreso, o al
Presidente de la República, de los vacíos
o defectos de la legislación.